Clientes que no pagan: ¿Cuándo puedo deducir esas deudas de mis impuestos?
Tener clientes morosos ya es malo. Tener que pagar impuestos por dinero que nunca recibiste, es peor. El SRI permite que des de baja esas “Cuentas por Cobrar” y las conviertas en un gasto deducible (para pagar menos Impuesto a la Renta), pero solo si cumples ciertas reglas estrictas.
Las 5 Condiciones de Oro
Para que el SRI acepte la baja de la deuda, debe cumplirse al menos una de estas condiciones:
- Antigüedad Contable: Haber constado en tu contabilidad por 2 años o más.
- Mora Prolongada: Haber transcurrido más de 3 años desde la fecha de vencimiento original del crédito.
- Prescripción: Que haya prescrito la acción legal para el cobro.
- Quiebra: Que el deudor se haya declarado legalmente en quiebra o insolvencia.
- Extinción: Si el deudor es una empresa (sociedad) que haya sido cancelada definitivamente.
¿Qué pasa si no cumplo y borro la deuda?
Si das de baja una cuenta sin soporte legal (ej: “es que ya no me contesta el teléfono”), el SRI te lo considerará un Gasto No Deducible. Esto significa que tendrás que pagar impuestos sobre ese valor de todas formas.
El error más común: Perder la fecha
Muchos negocios olvidan cuándo venció exactamente una factura y pierden la oportunidad de deducirla a los 3 años. No confíes en tu memoria.
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