•
⏱️ 0 min lectura
¿Mercadería dañada o robada? Cómo dar de baja el inventario sin pagar impuestos extra
Es el dolor de cabeza de fin de año: Bodegas llenas de productos caducados, rotos u obsoletos. Si simplemente los botas a la basura, el SRI asume que los vendiste y te cobrará impuestos sobre ellos. Para evitarlo, debes realizar una Baja de Inventario formal.
Fecha Límite: 31 de Diciembre 📅
Este trámite debe realizarse dentro del mismo año fiscal. Si lo dejas para Enero, el gasto corresponderá al próximo año, perdiendo la deducción en tu declaración actual.
Los 4 Requisitos Obligatorios
Según el Reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno, para que la pérdida sea deducible necesitas:
- Declaración Juramentada: Realizada ante un Notario o Juez. No basta con un papel interno.
- Los Testigos (Comparecientes): Deben firmar el Representante Legal, el Bodeguero y el Contador.
- Anexos Técnicos: El acta detallada de la baja y el listado exacto de los productos (cantidad, costo, motivo).
- En caso de Robo: Es obligatoria la denuncia policial. Sin denuncia, no hay deducción.